viernes, 31 de octubre de 2014

BREVE SINTESIS SOBRE ASOCIACIONES, FUNDACIONES Y OTRAS ENTIDADES CIVILES

Las Entidades sin fines de lucro, integran el tercer sector de la economía, denominado “sector social”.  Las Fundaciones, Asociaciones Civiles,  Simples Asociaciones, y otras entidades  tienen características distintivas y un marco legal especial.

  • El objeto estatutario y sus actividades reales tienen como fin el “bien común”.

  • Sus operaciones económicas son “sin fines de lucro”.

  • Deben registrarse como “persona jurídica” en la Inspección General de Justicia y su funcionamiento legal y la actuación de sus autoridades está regido por sus propios estatutos y normas legales especiales y fiscalizado por ese organismo oficial de control.

  • Se inscriben en los organismos tributarios (AFIP y Dirección de Rentas Provincial), solicitan su certificado exentivo y presentan declaraciones juradas informativas.  De esta manera obtienen amplias exenciones impositivas.

  • Deben llevar una contabilidad organizada en libros rubricados, confeccionar balances anuales y rendir cuentas a sus integrantes,  terceros y organismos de control respecto del manejo de sus fondos y activos y el cumplimiento económico de sus fines estatutarios.


  • Sus actividades y operaciones están fiscalizadas en forma permanente  durante su existencia legal por la Inspección General de Justicia,  AFIP,  Dirección de Rentas Provincial y la Unidad de Información Financiera para la prevención del lavado de activos con fines delictivos.

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